Honorable Concejo Deliberante de San Isidro
Bloque
Frente para la Victoria
San Isidro, 15 de septiembre de 2005
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
Uno de los más importantes sanitaristas
de Argentina, el Dr. Ramón Carrillo, ha afirmado: "El hombre es un ser que vive en familia, que tiene mal o bien una vivienda,
que concurre a sitios de distracción, que trabaja y produce o desea hacerlo, que configura en su espíritu aspiraciones justas,
ambiciones, pequeñas o desmedidas, que anhela recibir el fruto compensatorio de su trabajo, que siente, sufre y goza de alegrías
sencillas, estados de ánimo que en conjunto crean el propio mundo interior. Cuando llega la enfermedad, ésta no sólo perturba
el funcionamiento de los órganos, sino también todo ese conjunto de esfuerzos acumulados y de sacrificios que, por lo general,
se viene abajo estrepitosamente. Los médicos, si sólo vemos la enfermedad, si sólo indagamos el órgano enfermo, corremos el
riesgo de pasar por alto ese pequeño mundo que envuelve al individuo como algo imponderable, como una delicada red tejida
de ensueños y esperanzas. Mientras los médicos sigamos viendo enfermedades y olvidemos al enfermo como unidad psicosocial,
seremos simples zapateros remendones de la personalidad humana”.
A partir de este concepto es que la organización de los Centros de Salud,
entre ellos los Hospitales, han incluido entre sus diversos servicios, aquellos que apuntan a atender esta compleja realidad
de la persona, que concurre como paciente.
Si uno visita la página web de la Municipalidad, por ejemplo, en el área de Salud, se puede encontrar que la Asistencia
Social es uno de los servicios que brinda el Hospital Central de San Isidro. Y ello es auspicioso porque responde a esta concepción
integral de la salud.
Este fundamental
servicio debe estar a cargo de Trabajadores Sociales, cuyas incumbencias profesionales, establecidas legalmente, son, entre
otras: -Promover la participación organizada de personas, grupos y comunidades para mejorar su calidad de vida. -Realizar
acciones de promoción, asistencia y rehabilitación social de personas y grupos. -Realizar acciones a nivel individual-familiar,
grupal y comunitario que favorezcan el ejercicio, la rehabilitación y el desarrollo de conductas participativas. -Realizar
acciones tendientes a prevenir la aparición de problemas sociales y/o de sus efectos. - Organizar, administrar, dirigir y
supervisar instituciones y servicios de Bienestar Social.
Entre las múltiples instituciones en las que
están habilitados los Trabajadores Sociales para desarrollar sus tareas, están las del área de salud pública, en las que las
acciones a implementar son múltiples. (Ver Ley 10471 estableciendo el Régimen de Carrera Hospitalaria, que en su Artículo
3º, incluye en el mismo a “asistentes sociales o equivalentes con título universitario”).
Cabe acotar que, por Ordenanza 6568 /1988,(se adjunta copia), también se incluyó a los Asistentes Sociales, entre otros profesionales,
en el régimen de Carrera Profesional Hospitalaria en nuestro Distrito, según lo establecido por la Ley 10471, gozando, por
lo tanto, de todos los derechos y obligaciones establecidos en la mencionada
norma.
Sin embargo, desde hace más varios meses, hemos recibido la preocupación
de algunos vecinos que se atienden en el Hospital Central de San Isidro, en el sentido de percibir el desmantelamiento del
Servicio de Asistencia Social del mismo. Mencionan rotación del personal, disminución de la cantidad de trabajadoras sociales
lo que reduce la posibilidad de desarrollar las múltiples tareas a las que están habilitadas, falta de un espacio adecuado
de trabajo, etc.
Considerando que la tarea que debe cumplir el Servicio de Asistencia Social en
el Hospital Central es prioritaria, ya que atiende una demanda creciente de pacientes, mayoritariamente de condición humilde,
se considera oportuno solicitar información acerca de la situación del mismo.
Honorable Concejo Deliberante de San Isidro
Bloque
Frente para la Victoria
Por ello, el Bloque de FRENTE PARA LA VICTORIA propone el tratamiento del siguiente:
PROYECTO DE COMUNICACIÓN
Artículo 1º.- El H.C.D solicita
al Departamento Ejecutivo, a través del Área competente, la siguiente información:
a)
Cantidad de Trabajadores Sociales que prestaban servicios en el Hospital
Central al 31 de diciembre del 2004.
b)
Cantidad de Trabajadores Sociales que prestan servicios en el Hospital
Central a la fecha.
c)
Tareas asignadas a los mismos.
d)
En el caso de haberse producido traslados, si los mismos se enmarcan
en lo establecido en el Régimen de Carrera Hospitalaria Vigente.
Artículo 2.- De forma.
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